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  • Chile publica nuevo reglamento de protección de datos: ¿qué deben hacer ahora las empresas?

El nuevo reglamento establece los requisitos para implementar, certificar, registrar y supervisar los modelos de prevención de infracciones asociados a la Ley 21.719. Con la entrada en vigencia de la nueva normativa prevista para el 1 de diciembre de 2026, las empresas tienen una ventana limitada para preparar sus procesos, controles y sistemas de protección de información.

Santiago, 9 de septiembre de 2026. El Diario Oficial publicó hoy el Decreto N.º 662 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento que regula los requisitos, modalidades y procedimientos para la implementación, certificación, registro y supervisión de los modelos de prevención de infracciones contemplados por la Ley N.º 21.719.

La publicación marca un nuevo hito en el proceso de modernización de la normativa chilena sobre protección de datos personales.

La Ley 21.719, publicada en diciembre de 2024, entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2026.

Para las empresas, el mensaje es claro:

La protección de datos deja de ser solamente una preocupación legal

El nuevo reglamento establece un marco para que las organizaciones puedan implementar programas de cumplimiento destinados a prevenir infracciones relacionadas con el tratamiento de datos personales.

Estos modelos son de adopción voluntaria, pero el reglamento deja expresamente establecido que ello no elimina el deber general de los responsables de datos de adoptar acciones destinadas a prevenir infracciones y cumplir la normativa.

Y aquí aparece un aspecto especialmente relevante para las áreas de tecnología y seguridad informática.


¿Qué exige el nuevo reglamento?

Entre los elementos que contempla el programa de cumplimiento se encuentran:

  • Identificación del responsable de los datos.
  • Designación de un delegado de protección de datos cuando corresponda.
  • Caracterización de los datos personales tratados.
  • Identificación de las bases de datos.
  • Registro de las actividades de tratamiento.
  • Identificación de actividades que presentan mayores riesgos.
  • Elaboración de una matriz de riesgos.
  • Protocolos y procedimientos para prevenir infracciones.
  • Mecanismos de reporte interno.
  • Procedimientos de denuncia.
  • Medidas y sanciones internas.
  • Mecanismos de comunicación y cumplimiento.

En otras palabras, las organizaciones deberán comenzar a tener una visión mucho más clara de qué información poseen, cómo la utilizan, dónde se encuentra, quién puede acceder a ella y cuáles son los riesgos asociados a su tratamiento.


¿Y qué tiene que ver esto con la tecnología?

Mucho más de lo que parece.

Hoy los datos empresariales están distribuidos entre múltiples plataformas:

Microsoft 365, computadores, servidores, sistemas ERP, aplicaciones cloud, dispositivos móviles, SharePoint, OneDrive y plataformas de terceros.

Por eso, una estrategia de protección de datos necesita estar acompañada de controles tecnológicos adecuados.

Por ejemplo:

🔐 Control de accesos

¿Quién puede acceder a la información?

¿Existen cuentas antiguas o usuarios con permisos excesivos?

¿Las cuentas críticas utilizan autenticación multifactor?

🛡️ Protección de equipos

¿Los computadores y servidores cuentan con protección avanzada?

¿La empresa puede detectar comportamientos sospechosos o ataques de ransomware?

💾 Respaldo y recuperación

¿Qué ocurre si un usuario elimina información?

¿Y si un ransomware cifra los servidores?

¿Los respaldos están disponibles y pueden restaurarse?

☁️ Microsoft 365

¿La información almacenada en Microsoft 365 forma parte de la estrategia de protección y recuperación de la empresa?

🌐 Infraestructura de red

¿La red está segmentada?

¿Los sistemas críticos están protegidos?

¿Existe un firewall correctamente configurado?

👁️ Monitoreo

¿La empresa puede detectar un incidente antes de que se transforme en una interrupción mayor?


El nuevo escenario exige una visión integral

La publicación del reglamento es una buena oportunidad para que las organizaciones dejen atrás una visión de seguridad basada únicamente en herramientas aisladas.

Antivirus por un lado.

Backup por otro.

Firewall por otro.

Microsoft 365 por otro.

La protección de la información requiere que todas estas capas trabajen juntas.

Una empresa debería ser capaz de responder cuatro preguntas:

¿Qué información tengo?

¿Quién puede acceder a ella?

¿Cómo la estoy protegiendo?

¿Cómo puedo recuperarla si algo ocurre?


El 1 de diciembre está cada vez más cerca

La nueva normativa entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2026.

Por eso, este no es un tema que las empresas deberían comenzar a revisar en noviembre.

El momento para evaluar la infraestructura, identificar brechas y definir medidas de protección es ahora.

Un incidente de seguridad puede afectar mucho más que un computador.

Puede comprometer información de clientes, trabajadores, proveedores, contratos, operaciones y documentos críticos para el funcionamiento de una organización.


¿Está preparada tu empresa?

En Infotecnica creemos que la protección de datos debe abordarse desde una perspectiva integral, combinando tecnología, seguridad, respaldo y continuidad operacional.

Podemos ayudarte a evaluar aspectos como:

✔ Protección de computadores y servidores.

✔ Backup y recuperación de información.

✔ Seguridad para Microsoft 365.

✔ Protección frente a ransomware.

✔ Gestión de infraestructura TI.

✔ Seguridad de redes y conectividad.

✔ Monitoreo y soporte tecnológico.

✔ Continuidad operacional.

No esperes a que ocurra un incidente para descubrir qué tan protegida está tu información.

La nueva regulación ya está tomando forma.

Ahora es el momento de preparar tu empresa.

Protegemos la tecnología que mantiene tu negocio en marcha.

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